LA COMISIÓN POR OMISIÓN ES EL GRUPO DE OMISIÓN MÁS COMPLEJO QUE CONTEMPLA EL CÓDIGO PENAL. Artículo 11 CP Los delitos que consistan en la producción de un resultado sólo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del mismo, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, el sentido del texto de … Sigue leyendo La Comisión por omisión
